Periodicidad

Una vez al año y en casos específicos.

Competencia

  • Estudio, informe o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del Pleno.
  • Seguimiento de la labor del Alcalde y de su Equipo de Gobierno, sin perjuicio del superior control y fiscalización que con carácter general le corresponde al Pleno.
  • Aquellas que el Pleno le delegue de acuerdo con lo dispuesto en las Leyes.